Gracias a esta prevision,
Por otro lado, la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil contiene previsiones de esta misma naturaleza en sus articulos 147, 135.5, 162 o 175, entre muchos otros, que permiten la documentacion de las actuaciones mediante sistemas de grabacion, la comunicacion con las oficinas judiciales y ciudadanos, o el diligenciado de exhortos por via telematica o incluso la practica de la prueba por estas vias.